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La Ley Malena se creó debido a las diversas experiencias de mujeres sobrevivientes que han padecido diversos tipos de violencia.
Seguramente en los últimos días, escuchaste hablar de la Ley Malena. Pues aquí te vamos a dar todos los detalles de qué significa esta ley, y por qué se llama así. De hecho, todo se debe a un evento desafortunado que sucedió en septiembre de 2019, cuando la saxofonista María Elena Ríos Ortiz, sufrió un ataque con ácido cuando se encontraba en su domicilio en la ciudad de Huajuapan de León, en Oaxaca
Por este hecho, fueron detenidos dos albañiles, Ponciano H. y su hijo, Rubicel H., acusados de ser contratados por el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal, con el propósito de rociar con ácido sulfúrico en el rostro a la joven, quien se entregó a las autoridades el 6 de abril de 2020.
Ponciano, de la tercera edad, falleció el 2 de abril de 2021 en el penal de Tanivet, en los Valles Centrales de Oaxaca. Padecía diabetes y sufrió un infarto tras el que se confirmó su deceso. Mientras que su hijo sigue preso.
Después de varios años de lucha, la activista María Elena Ríos Ortiz, celebró lograr la aprobación de este Decreto que permitirá honrar la memoria de las mujeres que han atravesado por casos de violencia ácida; qué, según la diputada en el Congreso de la Ciudad de México, y una de las impulsoras de la “Ley Malena”, Marcela Fuente Castillo, es una ley que se desarrolló a partir de las experiencias de mujeres sobrevivientes y hoy se coloca como una de las legislaciones más avanzadas, al reconocer de manera autónoma este tipo de violencia y tipificarla como grado de tentativa de feminicidio.
En tanto, la senadora Martha Lucía Micher Camarena, reiteró que la aprobación de estas reformas visibiliza las injusticias cometidas contra las mujeres y contribuye a garantizar una vida libre de violencia para las habitantes de la Ciudad de México.
¿De qué se trata la Ley Malena?
Es por eso, que este decreto, publicado en la Gaceta Oficial capitalina, establece que la Secretaría de Salud deberá integrar un registro de personas atendidas por violencia ácida; asimismo, la Secretaría de las Mujeres, en colaboración con distintas instancias de gobierno, deberá desarrollar una política pública de atención integral a las víctimas
Asimismo, la “Ley Malena”, pertenece a una reforman de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal para el Distrito Federal, mismo que tipifica el delito de violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas, que causen daños a la integridad de las mujeres, adolescentes, niñas y niños, personas transgénero, transexuales y con discapacidad.
Entre los “ataques con ácido o sustancias químicas o corrosivas. (…) se incluyen: cualquier acción u omisión que cause o busque causar daño no accidental arrojando, derramando o poniendo en contacto a la víctima con algún tipo de gas, compuesto químico, ácido, álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, explosivas, reactivas, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que por sí misma o en determinadas condiciones puedan provocar lesiones o cualquier tipo de discapacidad”, indicó el Mandatario capitalino.
Como resultado de los daños causados por este tipo de violencia, serán considerados un delito autónomo, sancionado con penas de 8 a 12 años de prisión, así como multas de 300 a 700 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA), y de 11 a 46 años de cárcel cuando las lesiones sean consideradas en grado de tentativa de feminicidio.
Lo que caracteriza a la Ley Malena, es que: “este tipo de ataques ya no serán considerados un caso más del delito de lesiones en nuestro Código Penal; sino un delito separado, con su propia descripción típica y que entre otras cosas supera las clásicas clasificaciones de lesiones leves o graves o la de temporales o permanentes”, señaló.
Asimismo, la pena aumentará hasta en una mitad cuando sea cometida por razones de género, cause incapacidad, deformidad o pérdida de oído, vista o habla; cause alteración o daño en el aparato genital o en las funciones del ejercicio de la sexualidad; se cometa contra niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad o personas transexuales o transgénero; si existe relación afectiva, de supra, subordinación o superioridad, de parentesco; qué previo al ataque que causó la lesión haya habido amenazas, acoso u otro tipo de violencia.
Este nuevo delito deberá considerarse tentativa de feminicidio cuando cause daños graves y permanentes a la mujer víctima. De igual modo, el mandatario capitalino, informó que la nueva ley obliga a las instancias de salud a reportar de manera sistemática ante el Ministerio Público los ataques mediante ácido, sustancias químicas o corrosivas de los cuales tengan conocimiento.