Foto cortesía de la Secretaría de la CDMX
La Sugerencia de Ley PAOT busca proteger y conservar el Patrimonio Cultural Urbano de la Ciudad de México.
Desde hace muchos años, diversas autoridades de la CDMX, se han dado a la tarea de legislar con el fin de cuidar, proteger y conservar el Patrimonio Cultural Urbano de la Ciudad de México. Fueron pensados diversos proyectos, algunos se llevaron a cabo para garantizar la integridad del patrimonio urbano y artístico, así como los inmuebles colindantes; pero en su mayoría muchas legislaciones se habían quedado en el tintero.
Fue en 2023 que la titular de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), Mariana Boy Tamborrell, que entregó al Congreso de la Ciudad de México, un proyecto de Ley de Responsabilidad Ambiental cuyo objetivo era regular la responsabilidad por daños ocasionados al ambiente; tanto a sus elementos naturales como artificiales, así como las afectaciones a la salud y a la integridad de las personas.
Dicho proyecto de Ley consideraba el daño provocado al medio ambiente natural como lo es el arbolado, las áreas verdes, las áreas de valor ambiental o el suelo de conservación; además de tomar en cuenta al medioambiente construido como son los inmuebles catalogados, patrimonio cultural urbano de la ciudad.
En esa fecha, esto solo era una “sugerencia de Ley de la PAOT”, sustentada en el principio de reparación integral del daño ambiental, pero sí enfatizaba que la(s) persona(s) responsable(s) no solo serían sancionadas con multas o prisión, sino que también estaría obligada a restituir, restaurar o compensar el daño provocado.
“Imaginemos todos los daños que han generado históricamente en la ciudad y que no han sido reparados. De seguir así: ¿de qué medioambiente vamos a gozar en el futuro si los daños no se reparan ahora? El hecho de que no se repare un daño permite que se siga vulnerando nuestro derecho humano al medio ambiente, a la ciudad y a la salud”, señalaba en 2023, Mariana Boy.
Ahora, en caso de que esta ley fuera aceptada, significa que el Patrimonio Cultural Urbano: bienes inmuebles; esculturas, monumentos, paisajes culturales, parques urbanos, plazas y jardines; así como la imagen urbana y todos aquellos elementos y espacios que, sin estar formalmente catalogados, merezcan tutela en su conservación y consolidación; serán preservados y todos aquellos que provoquen daño, serán sancionados.
Sugerencia de Ley PAOT
Asimismo, esta reforma de Ley propuesta por la PAOT, establece el fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana y de coordinación con autoridades; instrumentos de protección como la integración de la responsabilidad y la creación del delito especial por daño al Patrimonio Cultural Urbano, así como estímulos fiscales, créditos o seguros de responsabilidad dirigidos a fomentar su conservación.
También, contempla algunos beneficios para propietarios de inmuebles catalogados; entre los que destacan la posibilidad de ejercer usos de suelo de bajo impacto en la totalidad del mismo, siempre y cuando esto se haga sin afectar su valor patrimonial.
Consecuencias por daños del Patrimonio
Ahora bien, esta ley entiende que el “daño al Patrimonio Cultural Urbano” tendrá consecuencias jurídicas que van desde restricciones para tramitar y registrar Manifestaciones de Construcción y la revocación de licencias, permisos y autorizaciones, hasta la restricción para obtener cambios de uso de suelo o aplicar polígonos de actuación.
Las nuevas disposiciones también permitirán incrementar los recursos que se integren el Fondo para el cuidado del Patrimonio, así como determinar las acciones o proyectos a los que se van a destinar, a fin de lograr su conservación.
De aprobarse la Sugerencia de Ley, se estaría fortaleciendo el marco normativo aplicable en materia de Patrimonio Cultural Urbano con la finalidad de inducir a quien posee un inmueble catalogado hacia conductas compatibles con la protección y conservación en beneficio de las generaciones presentes y futuras.