En México, un puesto callejero puede ser el sustento de una familia, mientras que un meme puede convertirse en la manera más inmediata de cuestionar al poder. Aunque parecen pertenecer a mundos distintos, ambos quedaron vinculados a una misma discusión legislativa: la reforma contra la piratería y la falsificación que el Senado aprobó el 30 de septiembre de 2026 y que ha provocado dos apodos en la conversación pública: Ley Antimemes y Ley Tepito.
La iniciativa, enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum, modifica disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y el Código Penal Federal. Su objetivo es reforzar la protección de la propiedad intelectual, combatir la falsificación de marcas y sancionar determinados usos engañosos de la identidad gráfica de instituciones públicas. Sin embargo, las penas previstas y el alcance de algunas disposiciones abrieron un debate sobre sus posibles consecuencias para los comerciantes, especialmente quienes venden productos en la vía pública.
¿Por qué la llaman Ley Antimemes?
El nombre surgió de las preocupaciones sobre las disposiciones que regulan el uso de logotipos institucionales, dominios electrónicos y documentos oficiales. La reforma contempla sanciones cuando estos elementos se utilicen a escala comercial para inducir al error o al engaño con la intención de cometer un ilícito.
La oposición advirtió que una redacción susceptible de distintas interpretaciones podría generar riesgos para la sátira política, las parodias y los contenidos digitales que utilizan imágenes oficiales. Por su parte, legisladores de Morena y del Partido del Trabajo defendieron que la intención es combatir el fraude, no prohibir el humor ni las críticas al gobierno.
Es importante distinguir entre la polémica y lo que establece el texto: la reforma no prohíbe de manera general los memes. El cuestionamiento se concentra en cómo podrían interpretarse y aplicarse las disposiciones relacionadas con el uso comercial de elementos oficiales.

¿De dónde viene el nombre de Ley Tepito?
Durante la discusión en el Senado, la legisladora priista Claudia Anaya propuso llamar a la reforma Ley Tepito, en referencia al conocido barrio comercial de la Ciudad de México y a la actividad de venta de productos que caracteriza a buena parte de su economía.
El apodo apunta a otra dimensión de la iniciativa: las sanciones contra la producción, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de mercancías con marcas falsificadas. La preocupación planteada por la oposición es que las penas también podrían alcanzar a personas que venden estos productos en puestos callejeros, donde el comercio informal constituye una fuente de ingresos para numerosos hogares.
La discusión no se limita a Tepito. También resulta relevante para otros corredores comerciales populares, como la Plaza de Santo Domingo, en el Centro Histórico de la capital, donde conviven diferentes actividades económicas y modalidades de comercio.
¿Qué sanciones contempla la reforma?
La reforma distingue entre distintas conductas y circunstancias. Entre las disposiciones discutidas se encuentran las siguientes:
Uso ilícito de identidad institucional. El nuevo supuesto relacionado con el uso comercial de elementos oficiales para engañar y cometer un ilícito contempla penas de uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), de acuerdo con la versión aprobada del artículo 403 Bis.
Comercio de productos con marcas falsificadas en la vía pública. La iniciativa contempla penas de dos a seis años de prisión y multas de mil a 100 mil UMA para los supuestos descritos en el dictamen.
Comercialización en establecimientos o mediante operaciones organizadas. Para determinadas conductas realizadas en estas condiciones, las sanciones pueden alcanzar de cuatro a diez años de prisión y multas de dos mil a 250 mil UMA.
Estas cifras corresponden a supuestos legales distintos, por lo que no deben interpretarse como una pena automática para cualquier vendedor informal. La conducta, las circunstancias del caso y los elementos que configuren el delito serán determinantes para establecer si existe responsabilidad penal y qué sanción podría corresponder.

¿Cómo podría afectar al comercio informal?
La principal preocupación es que el endurecimiento de las penas aumente la exposición legal de quienes comercializan productos falsificados, incluso cuando participan en operaciones pequeñas o dependen de la venta callejera para subsistir.
El tema adquiere otra dimensión ante la situación laboral del país. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del INEGI, la tasa de informalidad laboral alcanzó 56.2% en julio de 2026. Aunque informalidad laboral y venta de mercancía pirata no son conceptos equivalentes, el dato permite dimensionar la cantidad de personas que trabajan fuera de los esquemas formales de empleo.
El reto está en distinguir entre los diferentes eslabones de la cadena comercial. No es lo mismo fabricar mercancía falsificada a gran escala que distribuirla o venderla en un puesto callejero. La reforma plantea sanciones para distintas conductas, pero su aplicación práctica será fundamental para determinar cómo se investigan los casos y quiénes terminan enfrentando las consecuencias.
También queda abierta una cuestión sobre la capacidad de las autoridades para vigilar el cumplimiento de las nuevas disposiciones sin generar espacios para abusos, extorsiones o aplicaciones discrecionales de la ley.
¿Qué sigue para la reforma?
La aprobación del Senado no significa que las modificaciones ya estén vigentes. El proyecto obtuvo 72 votos a favor y 34 en contra en lo general el 30 de septiembre de 2026 y fue enviado a la Cámara de Diputados, donde deberá continuar su proceso legislativo.
Las y los diputados tendrán que discutir la minuta y decidir si la aprueban o introducen modificaciones. Si el texto cambia, deberá regresar al Senado para que se revisen los ajustes correspondientes.
Mientras tanto, la controversia muestra que una reforma concebida para proteger la propiedad intelectual puede abrir preguntas que van más allá de las marcas y los derechos de autor. El equilibrio entre combatir la falsificación, proteger la libertad de expresión y evitar sanciones desproporcionadas será parte central de la discusión.
La pregunta ya no es solamente si se trata de una Ley Antimemes o una Ley Tepito, sino cómo se aplicarán sus disposiciones y qué garantías existirán para evitar que sus efectos alcancen conductas distintas de las que pretende sancionar.

